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La AFIP dispuso que es obligatorio emitir factura electrónica para alquileres de vivienda

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Los propietarios de inmuebles de vivienda en alquiler y las inmobiliarias que administren estos arriendos tendrán que emitir obligatoriamente facturas, tipo “B” o “C”, en el momento de cobrarse la renta. La medida rige desde el viernes último, según lo dispuso la AFIP a través de la Resolución General 4004-E, que determina que para respaldar esas operaciones deberán emitirse facturas electrónicas, destaca El Cronista.  Si intervienen intermediarios, estarán obligados a emitir el correspondiente comprobante electrónico, en el que tendrá que constar el nombre el propietario del inmueble y su número de CUIT. Si el inmueble pertenece a varias personas, la factura tendrá que ser emitida por uno de los titulares condóminos, pero en el comprobante tendrán que figurar los datos de los otros propietarios.  Los sistemas habilitados para la emisión de la factura electrónica son dos: 1) el sistema de intercambio de información con la AFIP denominado servicio “Web”; y 2)...

La AFIP se lanza a controlar el alquiler de los inmuebles con fines turísticos

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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) se decidió a avanzar sobre la locación temporaria de inmuebles con fines turísticos.   El control se dio a conocer a través de la resolución general 3.687 que establece un nuevo régimen de información que deberá ser cumplido a partir de marzo próximo por los propietarios de los inmuebles. Los propietarios deberán informar las operaciones a través del servicio web Registro de Operaciones Inmobiliarias, opción Locaciones Temporarias. De esta manera, el gobierno nacional pone la lupa en uno de los últimos nichos de dólares que quedaban fuera de su control: a partir de marzo del año que viene, todos los alquileres de viviendas particulares para turistas deberán ser declarados ante la AFIP. Toda aquella persona o empresa que rente una casa o departamento amueblado con fines turísticos deberá informar los datos de la operación siempre que el residente temporario se quede más de una noche y menos de seis meses...