jueves, 30 de octubre de 2014

Bajan los precios y hay más alquileres concretados



Análisis II. Miramar depende mucho de lo buena o mala que puede resultar una temporada de verano porque la mayor industria que posee la ciudad es, precisamente, el turismo. Y uno de los parámetros con que se mide ese éxito o fracaso, son precisamente los alquileres de casas o departamentos.


Comparando esta previa de la temporada 2014/15 con lo sucedido la anterior, tenemos que decir que la cantidad de alquileres concretados es mayor. El aumento registrado de operaciones cerradas es de casi un 5 %, a pesar que desde finales de septiembre y hasta mediados de octubre este índice era negativo.


El aumento en el incremento de las operaciones concretadas coincidió con el descenso de los valores de los alquileres, los cuales hoy se están ubicando casi en un 30% contra el 36% de principios de octubre. Hoy calculamos que este porcentaje continuará bajando para ubicarse más cerca del 25% recomendado. 


Esta disminución de los precios de los alquileres ha hecho que se puedan alquilar más propiedades, llegando hoy a un porcentaje positivo que deseamos continúe y asegure una temporada exitosa.


Hay que tener en cuenta que ahora estamos a mitad de camino. Quedan dos meses antes de la primera quincena de enero. En estos momentos vamos bien, pero todo puede suceder en un país donde las reglas de juego cambian constantemente y esos cambios, pueden afectar directamente en el resultado final de una temporada turística.

Como consejo les podemos decir a aquellos que están recibiendo pocas consultas o ninguna, que revean sus tarifas porque la competencia es mucha y hay que estar dispuestos a negociar si se quiere alquilar.

Tengan en cuenta que por una mínima diferencia con el de al lado, pueden perderse un alquiler y esa no es la intención.

La AFIP se lanza a controlar el alquiler de los inmuebles con fines turísticos

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) se decidió a avanzar sobre la locación temporaria de inmuebles con fines turísticos.
 
El control se dio a conocer a través de la resolución general 3.687 que establece un nuevo régimen de información que deberá ser cumplido a partir de marzo próximo por los propietarios de los inmuebles.

Los propietarios deberán informar las operaciones a través del servicio web Registro de Operaciones Inmobiliarias, opción Locaciones Temporarias.

De esta manera, el gobierno nacional pone la lupa en uno de los últimos nichos de dólares que quedaban fuera de su control: a partir de marzo del año que viene, todos los alquileres de viviendas particulares para turistas deberán ser declarados ante la AFIP.
Toda aquella persona o empresa que rente una casa o departamento amueblado con fines turísticos deberá informar los datos de la operación siempre que el residente temporario se quede más de una noche y menos de seis meses.

Para hacerlo, el responsable de la operación deberá informarla a través de la página web de la entidad. Una vez ingresada la clave fiscal (identificación única para todos los trámites que debe ser tramitada con anterioridad) habrá que seleccionar el apartado "Registro de Operaciones Inmobiliarias" y escoger la opción "Locaciones Temporarias".
Una vez por mes, los inscriptos deberán entrar a la web e informar si en ese período concretaron algún alquiler temporario. Las operaciones no podrán ser declaradas en cualquier momento, sino que habrá tiempo para informarlas hasta el décimo día hábil del mes siguiente al acuerdo.

Si en ese mes no tuvieron ningún tipo de operación, los inscriptos deberán seleccionar la opción "Sin movimiento". Cuando "se verifiquen al menos seis presentaciones sucesivas 'Sin movimiento', los responsables no estarán obligados a continuar presentando declaraciones juradas en los períodos siguientes, hasta que se produzca una nueva operación alcanzada", consigna la resolución general 3687 de la AFIP publicada este jueves en el Boletín Oficial.

El texto establece que serán considerados responsables del alquiler "los sujetos que administren, gestionen, intermedien o actúen como oferentes de locación temporaria de inmuebles de terceros con fines turísticos". Si es el propio dueño del inmueble el que se encarga de acordar la operación, será él quien deba declararla.

El régimen entrará en vigencia en marzo del año que viene, una vez que haya pasado la temporada de verano. Quienes lo incumplan podrán ser sancionados con las multas e inhabilitaciones típicas que utiliza la AFIP. Pero la resolución establece también cuatro penas adicionales: 

  • Asignación de una categoría en orden creciente indicativas del riesgo de ser fiscalizado, en el "Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER)".
  • Suspensión o exclusión, según corresponda, de los Registros Especiales en los que estuvieren inscriptos.
  • Interrupción en la tramitación de certificados de exclusión o de no retención solicitados conforme a las disposiciones vigentes.
  • Inactivación transitoria de la Clave Unica de Identificación Tributaria (CUIT).
Fuente: IProfesional.com
LINK Resolución 3.687/2014 AFIP