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La AFIP dispuso que es obligatorio emitir factura electrónica para alquileres de vivienda

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Los propietarios de inmuebles de vivienda en alquiler y las inmobiliarias que administren estos arriendos tendrán que emitir obligatoriamente facturas, tipo “B” o “C”, en el momento de cobrarse la renta. La medida rige desde el viernes último, según lo dispuso la AFIP a través de la Resolución General 4004-E, que determina que para respaldar esas operaciones deberán emitirse facturas electrónicas, destaca El Cronista.  Si intervienen intermediarios, estarán obligados a emitir el correspondiente comprobante electrónico, en el que tendrá que constar el nombre el propietario del inmueble y su número de CUIT. Si el inmueble pertenece a varias personas, la factura tendrá que ser emitida por uno de los titulares condóminos, pero en el comprobante tendrán que figurar los datos de los otros propietarios.  Los sistemas habilitados para la emisión de la factura electrónica son dos: 1) el sistema de intercambio de información con la AFIP denominado servicio “Web”; y 2) el siste